Art. 18
Período de validez de los certificados EUCC relativos a perfiles de protección
En vigor desde 31 ene 2024
Artículo 18
Período de validez de los certificados EUCC relativos a perfiles de protección
1. El organismo de certificación establecerá un período de validez para cada certificado EUCC.
2. Dicho período de validez será, como máximo, equivalente a la duración del perfil de protección de que se trate.
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