Art. 25

Análisis estratégico

En vigor desde 20 oct 2023
Artículo 25 Análisis estratégico 1.   Al inicio de la verificación, el verificador evaluará el carácter, escala y complejidad probables de las tareas de verificación mediante un análisis estratégico de todas las actividades relevantes para la empresa. 2.   A los efectos de la comprensión de las actividades realizadas por la empresa, el verificador recopilará y revisará la información necesaria para evaluar si el equipo de verificación es lo suficientemente competente para realizar esta última, para determinar que la asignación de tiempo indicada en el contrato se ha establecido correctamente y para garantizar que él mismo puede realizar el análisis de riesgos necesario. La información incluirá: a) la información indicada en el artículo 24, apartado 1; b) la información resultante de la verificación de años anteriores, si el verificador realiza la verificación para la misma empresa.
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