Art. 15
Personas que podrán presentar ofertas directamente en una subasta
En vigor desde 17 oct 2023
Artículo 15
Personas que podrán presentar ofertas directamente en una subasta
Solamente podrán presentar ofertas directamente en una subasta las personas que sean elegibles para solicitar la admisión a presentar ofertas en virtud del artículo 18 y estén admitidas a presentar ofertas con arreglo a los artículos 19 y 20.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2023:2830:oj#art-15