Art. 37
Información sobre el agotamiento de cuotas
En vigor desde 13 sept 2023
Artículo 37
Información sobre el agotamiento de cuotas
1. Como complemento del artículo 34 del Reglamento (CE) n.o 1224/2009, cada Estado miembro comunicará a la Comisión en qué momento se estima que se ha alcanzado el 80 % de la cuota asignada a un grupo de artes.
2. Como complemento del artículo 35 del Reglamento (CE) n.o 1224/2009, cada Estado miembro comunicará a la Comisión en qué momento se estima que se ha agotado la cuota asignada a un grupo de artes, a una operación de pesca conjunta o a un cerquero. Esta información deberá ir acompañada de documentación oficial que acredite la interrupción de la pesca o la llamada de regreso a puerto cursada por el Estado miembro para la flota, el grupo de artes, la operación de pesca conjunta o los buques con una cuota individual, y en la que se indiquen claramente la fecha y hora de cierre.
3. La Comisión informará a la Secretaría de la CICAA sobre las fechas en que se haya agotado la cuota de atún rojo de la Unión.
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