Art. 33

Entrada en vigor

En vigor desde 17 jul 2023
Artículo 33 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a todas las transmisiones de datos a partir del 1 de enero de 2024. Los datos ya transmitidos se revisarán cuando sea necesario y cuando se disponga de fuentes de datos.
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