Art. 33
Entrada en vigor
En vigor desde 17 jul 2023
Artículo 33
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a todas las transmisiones de datos a partir del 1 de enero de 2024. Los datos ya transmitidos se revisarán cuando sea necesario y cuando se disponga de fuentes de datos.
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