Art. 18

Uso de la información por parte de la Comisión

En vigor desde 10 jul 2023
Artículo 18 Uso de la información por parte de la Comisión 1.   De conformidad con el artículo 43, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2560, los proveedores de información podrán consentir en que se faculte a la Comisión para utilizar la información obtenida en virtud de dicho Reglamento con fines distintos de aquellos para los que la Comisión obtuvo inicialmente la información. 2.   Si el proveedor de información concede una autorización a la Comisión de conformidad con el artículo 43, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2560, indicará qué información específica permite utilizar para fines distintos de aquellos para los que se obtuvo la información y expondrá los motivos por los que dicha información sería pertinente para esos otros fines, incluida la aplicación de otros actos de la Unión. 3.   Si la Comisión solicita al proveedor de información que conceda una autorización de conformidad con el artículo 43, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2560, la Comisión especificará la información objeto de dicha solicitud y los fines para los que se propone utilizar tal información. El uso de dicha información por parte de la Comisión no excederá de los fines indicados por la Comisión y autorizados por el proveedor.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2023:1441:oj#art-18

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil