Art. 61
Disposiciones presupuestarias transitorias
En vigor desde 27 jun 2023
Artículo 61
Disposiciones presupuestarias transitorias
El procedimiento para la aprobación de la gestión de los presupuestos adoptados sobre la base del artículo 14 del Reglamento (CE) n.o 1920/2006 se efectuará de conformidad con las normas establecidas en el artículo 15 de dicho Reglamento.
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