Art. 3

Ámbito de aplicación del capítulo 2

En vigor desde 14 jun 2023
Artículo 3 Ámbito de aplicación del capítulo 2 Las normas específicas establecidas en el presente capítulo se aplicarán a los siguientes bienes al por menor: a) los productos de origen animal o vegetal, los vegetales distintos de los destinados a la plantación, y los alimentos para animales de compañía y accesorios masticables para perros listos para la venta; b) los productos compuestos; c) los alimentos; d) los materiales en contacto con los alimentos.
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