Art. 3
Ámbito de aplicación del capítulo 2
En vigor desde 14 jun 2023
Artículo 3
Ámbito de aplicación del capítulo 2
Las normas específicas establecidas en el presente capítulo se aplicarán a los siguientes bienes al por menor:
a)
los productos de origen animal o vegetal, los vegetales distintos de los destinados a la plantación, y los alimentos para animales de compañía y accesorios masticables para perros listos para la venta;
b)
los productos compuestos;
c)
los alimentos;
d)
los materiales en contacto con los alimentos.
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