Art. 4
Finalidad y estructura del EUCTP
En vigor desde 1 jun 2023
Artículo 4
Finalidad y estructura del EUCTP
El EUCTP proporcionará un punto de acceso único para que los operadores económicos y otras personas puedan acceder a los portales específicos para operadores económicos de los sistemas transeuropeos a que se refiere el artículo 6, apartado 1, del presente Reglamento.
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