Art. 1

En vigor desde 17 abr 2023
Artículo 1 El Reglamento (UE) n.o 461/2010 se modifica como sigue: 1) El artículo 7 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 7 La Comisión examinará la aplicación del presente Reglamento y evaluará su funcionamiento antes del 31 de mayo de 2028.» ; 2) en el artículo 8, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «Expirará el 31 de mayo de 2028.».
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