Art. 3

En vigor desde 20 mar 2023
Artículo 3 Los datos científicos de los estudios incluidos en la solicitud a partir de los cuales la Autoridad ha evaluado la declaración de propiedades saludables mencionada en el artículo 1, y que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 21, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1924/2006, no podrán utilizarse en beneficio de un solicitante posterior durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento sin el acuerdo previo del Laboratoire Lescuyer.
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