Art. 33

Principios generales de la acreditación de seguridad

En vigor desde 15 mar 2023
Artículo 33 Principios generales de la acreditación de seguridad Las actividades de acreditación de seguridad relacionadas con el Programa se llevarán a cabo de conformidad con los principios establecidos en el artículo 37, letras a) a j), del Reglamento (UE) 2021/696. A efectos del presente Reglamento, el término «componente» del artículo 37 del Reglamento (UE) 2021/696 se entenderá como «infraestructura gubernamental» y todas las referencias al artículo 34, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/696 se entenderán hechas al artículo 27, apartado 2, del presente Reglamento.
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