Art. 18
Comunicación de información acerca del diálogo multinivel sobre clima y energía a que se refiere el artículo 11 del Reglamento (UE) 2018/1999
En vigor desde 15 nov 2022
Artículo 18
Comunicación de información acerca del diálogo multinivel sobre clima y energía a que se refiere el artículo 11 del Reglamento (UE) 2018/1999
Los Estados miembros deberán comunicar la información sobre los avances en el establecimiento del diálogo a que se refiere el artículo 11 del Reglamento (UE) 2018/1999 de conformidad con los formatos del anexo XXIII del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2022:2299:oj#art-18