Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 9 nov 2022
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación 1.   El presente Reglamento establece disposiciones específicas para trece programas de cooperación transfronteriza que se rigen por el Reglamento (UE) n.o 232/2014 y dos programas de cooperación transnacional que se rigen por el Reglamento (UE) n.o 1299/2013, incluidos en las listas del anexo del presente Reglamento, en relación con la perturbación en la ejecución del programa a raíz de la agresión militar de Rusia contra Ucrania y la participación de Bielorrusia en dicha agresión. 2.   Los artículos 3 a 14 del presente Reglamento se aplican a los programas de cooperación transfronteriza que se rigen por el Reglamento (UE) n.o 232/2014 incluidos en la lista de la parte 1 del anexo del presente Reglamento. 3.   El artículo 15 del presente Reglamento se aplica a los programas de cooperación transnacional que se rigen por el Reglamento (UE) n.o 1299/2013 incluidos en la lista de la parte 2 del anexo del presente Reglamento.
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