Art. 3
Conceptos estadísticos y descripción de las variables
En vigor desde 28 oct 2022
Artículo 3
Conceptos estadísticos y descripción de las variables
Los Estados miembros utilizarán los conceptos estadísticos establecidos en el anexo I.
Las características técnicas de las variables serán las establecidas en el anexo II y se referirán a lo siguiente:
a)
el identificador de la variable;
b)
el nombre de la variable;
c)
la etiqueta y el código de la modalidad;
d)
la unidad de recogida;
e)
el período de referencia.
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