Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 6 oct 2022
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece una intervención de emergencia para mitigar los efectos de los elevados precios de la energía a través de medidas excepcionales, específicas y limitadas en el tiempo. Dichas medidas tienen por objeto reducir el consumo de electricidad, fijar un tope de los ingresos de mercado que perciben determinados productores por la generación de electricidad y redistribuirlos a los clientes finales de electricidad de manera específica para que los Estados miembros puedan aplicar medidas de intervención pública en la fijación de precios para el suministro de electricidad a clientes domésticos y pymes, y establecer normas para una contribución solidaria temporal obligatoria de empresas y establecimientos permanentes de la Unión que operan en los sectores del petróleo crudo, el gas natural, el carbón y la refinería, a fin de contribuir a la asequibilidad de la energía para hogares y empresas.
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