Art. 2
Lista de zonas en las que se conoce la existencia de ecosistemas marinos vulnerables o la posibilidad de que existan
En vigor desde 15 sept 2022
Artículo 2
Lista de zonas en las que se conoce la existencia de ecosistemas marinos vulnerables o la posibilidad de que existan
1. La lista de zonas en las que se conoce la existencia de ecosistemas marinos vulnerables o la posibilidad de que existan se establece de acuerdo con las coordenadas establecidas en el anexo II.
2. Dichas zonas estarán sujetas a las normas establecidas en el Reglamento (UE) 2016/2336, en particular en su artículo 9, apartados 1 y 9, en lo que respecta a su aplicación a las actividades pesqueras con artes de fondo a más de 400 metros de profundidad y a la prohibición de pescar con artes de fondo en todas esas zonas designadas.
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