Art. 12

Contenido de aceite de orujo de aceituna y otros residuos

En vigor desde 29 jul 2022
Artículo 12 Contenido de aceite de orujo de aceituna y otros residuos 1.   El contenido de aceite de orujo de aceituna y demás residuos de la extracción del aceite de oliva (códigos NC 2306 90 11 y 2306 90 19) se determinará con arreglo al método recogido en el anexo IV. 2.   El contenido de aceite mencionado en el apartado 1 se expresará como porcentaje de su peso en relación con el peso del extracto seco.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2022:2105:oj#art-12

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil