Art. 11

Verificación de las características organolépticas de los aceites de oliva vírgenes

En vigor desde 29 jul 2022
Artículo 11 Verificación de las características organolépticas de los aceites de oliva vírgenes 1.   Las características organolépticas de los aceites de oliva vírgenes que figuran en el anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2022/2104 se considerarán conformes con la categoría declarada si un panel de catadores, autorizado por un Estado miembro, confirma la categoría. 2.   Si el panel de catadores no confirma la categoría declarada en relación con las características organolépticas, a petición del agente económico controlado, las autoridades competentes encargarán a otros paneles autorizados la realización sin demora de dos análisis contradictorios. Al menos uno de los paneles de catadores será un panel autorizado por el Estado miembro donde se haya producido el aceite de oliva. Las características en cuestión se considerarán conformes con las declaradas si ambos análisis contradictorios confirman la categoría declarada. De no ser así, independientemente del tipo de defectos determinados durante los análisis contradictorios, la categoría declarada se considerará no conforme con las características, y el agente económico controlado correrá con los costes de los análisis contradictorios. 3.   Cuando el aceite se produzca fuera de la Unión, los dos análisis contradictorios serán efectuados por dos paneles de catadores distintos del que inicialmente determinó la no conformidad. 4.   Cuando se lleven a cabo análisis contradictorios, los paneles de catadores evaluarán el aceite de oliva en dos sesiones de cata diferentes. Los resultados de las dos sesiones correspondientes al aceite de oliva objeto de análisis contradictorio deben ser estadísticamente homogéneos. En caso contrario, la muestra debe ser analizada de nuevo dos veces. Los valores comunicados de las características organolépticas del aceite de oliva objeto de análisis contradictorio se calcularán como la media de los valores obtenidos para dichas características en las dos sesiones estadísticamente homogéneas.
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