Art. 4

Advertencia de riesgo con arreglo al artículo 21, apartado 4, del Reglamento (UE) 2020/1503

En vigor desde 13 jul 2022
Artículo 4 Advertencia de riesgo con arreglo al artículo 21, apartado 4, del Reglamento (UE) 2020/1503 1.   Al emitir la advertencia de riesgo a que se refiere el artículo 21, apartado 4, del Reglamento (UE) 2020/1503, los proveedores de servicios de financiación participativa no alentarán a los inversores no experimentados potenciales a proceder a la inversión. 2.   La advertencia de riesgo a la que se hace referencia en el apartado 1 deberá incluir el texto siguiente: « Invertir en un proyecto de financiación participativa incluye el riesgo de perder la totalidad del dinero invertido ». 3.   La advertencia de riesgo a que se refiere el apartado 1 se expondrá a los inversores no experimentados potenciales de manera fácilmente legible y destacada en el sitio web de los proveedores de servicios de financiación participativa. 4.   La ventana que muestre la advertencia de riesgo a que se refiere el apartado 1 será destacada y permanecerá visible en el sitio web de los proveedores de servicios de financiación participativa hasta que los inversores no experimentados potenciales hayan reconocido haber recibido y comprendido dicha advertencia.
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