Art. 10

En vigor desde 8 jul 2022
Artículo 10 No obstante lo dispuesto en el artículo 8, apartado 3, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368, durante la campaña apícola de 2022, los Estados miembros podrán decidir no aplicar el 5 % relativo a los controles sobre el terreno de los solicitantes de ayuda en el marco de su programa apícola, siempre que sustituyan los controles sobre el terreno previstos por controles alternativos mediante la solicitud de fotografías, videoconversaciones o cualquier otro medio que pueda servir de soporte para verificar la correcta aplicación de las medidas incluidas en el programa apícola.
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