Art. 1
Presentación de la solicitud de autorización como entidad de crédito
En vigor desde 20 jun 2022
Articulo 1
Presentación de la solicitud de autorización como entidad de crédito
1. Los solicitantes de autorización como entidad de crédito presentarán a su autoridad competente la información establecida en los artículos 1 a 9 del Reglamento Delegado (UE) 2022/2580 cumplimentando la plantilla que figura en el anexo del presente Reglamento.
2. Las autoridades competentes indicarán en su sitio web los datos de contacto para presentar una solicitud de autorización como entidad de crédito e indicarán si dicha solicitud debe presentarse en papel, en formato electrónico o en ambos formatos.
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