Art. 6

Contratos extrabursátiles económicamente equivalentes a derivados sobre materias primas negociados en centros de negociación

En vigor desde 20 abr 2022
Artículo 6 Contratos extrabursátiles económicamente equivalentes a derivados sobre materias primas negociados en centros de negociación Se considerará que un derivado extrabursátil es económicamente equivalente a un derivado sobre materias primas negociado en un centro de negociación si tiene especificaciones, términos y condiciones contractuales idénticos, salvo en lo que respecta al tamaño de los lotes, las fechas de entrega, que podrán diferir en menos de un día natural, y los mecanismos de gestión de riesgos post-negociación.
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