Art. 12

Declaración de los participantes en los mercados financieros de que no tienen en cuenta las repercusiones adversas de sus decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad

En vigor desde 6 abr 2022
Artículo 12 Declaración de los participantes en los mercados financieros de que no tienen en cuenta las repercusiones adversas de sus decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad 1.   Los participantes en los mercados financieros a que se refiere el artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2019/2088 publicarán la información mencionada en dicho artículo 4, apartado 1, letra b), en una sección específica de su sitio web titulada «No consideración de las incidencias adversas del asesoramiento en materia de inversión sobre los factores de sostenibilidad». 2.   La declaración a que se refiere el apartado 1 incluirá todos los elementos siguientes: a) una declaración bien visible de que el participante en los mercados financieros no considera ninguna incidencia adversa de sus decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad; b) las razones por las que el participante en los mercados financieros no considera ninguna incidencia adversa de sus decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad y, si procede, información sobre si el participante en los mercados financieros tiene intención de considerar dichas incidencias adversas mediante referencia a los indicadores enumerados en el cuadro 1 del anexo I y, de ser así, cuándo.
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