Art. 2

Productos admisibles

En vigor desde 23 mar 2022
Artículo 2 Productos admisibles 1.   La lista de categorías de productos con derecho a la ayuda y los importes correspondientes de ayuda por período de almacenamiento figuran en el anexo. 2.   La ayuda solo se concederá en relación con cantidades de carne fresca y refrigerada que aún no se hayan almacenado.
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