Art. 6

Pago de las tasas de solicitud y autorización

En vigor desde 10 mar 2022
Artículo 6 Pago de las tasas de solicitud y autorización 1.   Las tasas por solicitud, autorización o prórroga de una autorización serán exigibles en el momento en que el PSSD presente la solicitud y se abonarán íntegramente en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que se expida la factura de la AEVM. 2.   Cuando un PSSD decida retirar su solicitud de autorización antes de que la AEVM adopte su decisión motivada de autorizar o denegar la autorización, no se reembolsarán las tasas de solicitud o de autorización.
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