Art. 4
Datos estadísticos agregados
En vigor desde 8 mar 2022
Artículo 4
Datos estadísticos agregados
Cuando publiquen, con arreglo al artículo 57, apartado 1, letra d), de la Directiva (UE) 2019/2034, la información relativa a los datos estadísticos agregados sobre los aspectos fundamentales de la aplicación del marco prudencial, las autoridades competentes utilizarán los formularios del anexo IV del presente Reglamento.
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