Art. 11

Información y publicidad

En vigor desde 21 dic 2021
Artículo 11 Información y publicidad 1.   La Comisión publicará información sobre los proyectos incluidos en la lista definitiva de proyectos de forma fácilmente accesible para el público en general. 2.   La Comisión solo publicará información de los proyectos que no se considere confidencial desde el punto de vista comercial, como la descripción del proyecto, su estado, su calendario de ejecución o su ubicación. 3.   El promotor de un proyecto incluido en la lista definitiva publicará al menos la información indicada en el apartado anterior a través de su propia página web y la actualizará al menos una vez cada seis meses.
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