Art. 3
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 16 dic 2021
Artículo 3
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.
El artículo 1 será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2026.
El artículo 2 será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2024.
Historial de versiones
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