Art. 43

Presidencia del consejo de administración

En vigor desde 15 dic 2021
Artículo 43 Presidencia del consejo de administración 1.   El consejo de administración elegirá un presidente y un vicepresidente de entre sus miembros con derecho de voto. El presidente y el vicepresidente serán elegidos por mayoría de dos tercios de los miembros del consejo de administración con derecho de voto. El vicepresidente sustituirá automáticamente al presidente cuando este no pueda desempeñar sus funciones. 2.   La duración del mandato del presidente y del vicepresidente será de cuatro años, renovable una sola vez. No obstante, si el presidente o el vicepresidente dejaran de ser miembros del consejo de administración durante su mandato, este expirará automáticamente en la misma fecha.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2021:2303:oj#art-43

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil