Art. 4.tit_1
Condiciones con arreglo a las cuales debe efectuarse la consolidación en el caso de participaciones o vínculos de capital en entidades o entidades financieras distintas de las contemplados en el artículo 18, apartados 1 y 4, del Reglamento (UE) n.o 575/2013
En vigor desde 3 dic 2021
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