Art. 4

Fondos que financian el gasto agrícola

En vigor desde 2 dic 2021
Artículo 4 Fondos que financian el gasto agrícola La financiación de las distintas intervenciones y medidas de la PAC con cargo al presupuesto general de la Unión (en lo sucesivo, «presupuesto de la Unión») se efectuará a través: a) del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA); b) del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
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