Art. 1

En vigor desde 26 nov 2021
Artículo 1 Se suspende la aplicación de derechos ad valorem adicionales de un tipo del 10 % y del 25 % a las importaciones de los productos enumerados en el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886 desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023. Se suspende la aplicación de derechos ad valorem adicionales de un tipo del 10 %, del 25 %, del 35 % y del 50 % a las importaciones de los productos enumerados en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886 desde el 1 de diciembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. Sin perjuicio de ulteriores suspensiones o modificaciones, incluido el restablecimiento anticipado, los derechos establecidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886 se aplicarán con efectos a partir del 1 de enero de 2024 inclusive.
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