Art. 54

Funcionamiento del Consejo de Administración

En vigor desde 19 nov 2021
Artículo 54 Funcionamiento del Consejo de Administración 1.   Los miembros distintos de la Unión poseerán colectivamente el 50 % de los derechos de voto. 2.   Como excepción a lo dispuesto en el artículo 16, apartado 4, el Consejo de Administración elegirá a su presidencia por un período de dos años. 3.   El Consejo de Administración celebrará sus reuniones ordinarias cuatro veces al año. 4.   Además de las reuniones a las que se refiere el apartado 2, el Consejo de Administración convocará también una reunión estratégica al menos una vez al año con los objetivos principales de determinar cuáles son los retos y las oportunidades para una industria de base biológica sostenible y de proporcionar orientación estratégica adicional a la Empresa Común para una Europa Circular de Base Biológica. 5.   Se invitará a la reunión estratégica a los directores generales o los responsables con poder de decisión de las principales empresas de base biológica europeas y a la Comisión.
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