Art. 4

Presentación de solicitudes de cooperación o de intercambio de información

En vigor desde 18 jul 2021
Artículo 4 Presentación de solicitudes de cooperación o de intercambio de información Las solicitudes de cooperación o de intercambio de información con una autoridad competente de otro Estado miembro se presentarán al punto de contacto único de la autoridad requerida cumplimentando el formulario que figura en el anexo I. La autoridad requirente podrá adjuntar a la solicitud cualquier documento u otro elemento que se considere necesario para respaldar la solicitud.
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