Art. 2

Cometidos del FEDER y del Fondo de Cohesión

En vigor desde 24 jun 2021
Artículo 2 Cometidos del FEDER y del Fondo de Cohesión 1.   El FEDER y el Fondo de Cohesión contribuirán a la consecución del objetivo general de fortalecer la cohesión económica, social y territorial de la Unión. 2.   El FEDER contribuirá a reducir las disparidades entre los niveles de desarrollo de las distintas regiones de la Unión y a reducir el retraso de las regiones menos favorecidas, mediante la participación en el ajuste estructural de las regiones cuyo desarrollo esté a la zaga y la reconversión de regiones industriales en declive, incluidas, entre otras medidas, promover un desarrollo sostenible y afrontar los retos medioambientales. 3.   El Fondo de Cohesión contribuirá a la realización de proyectos en los sectores del medio ambiente y de las redes transeuropeas en materia de infraestructuras de transporte (RTE-T).
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