Art. 4
Presupuesto
En vigor desde 29 abr 2021
Artículo 4
Presupuesto
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/695, la dotación financiera para la ejecución del Fondo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027 será de 7 953 000 000 EUR a precios corrientes.
2. La distribución del importe indicado en el apartado 1 será la siguiente:
a)
2 651 000 000 EUR para acciones de investigación;
b)
5 302 000 000 EUR para acciones de desarrollo.
Para responder a situaciones imprevistas o a nuevos acontecimientos y necesidades, la Comisión podrá reasignar el importe asignado a las acciones de investigación o desarrollo hasta en un máximo del 20 %.
3. El importe indicado en el apartado 1 también podrá dedicarse a la asistencia técnica y administrativa para la ejecución del Fondo, a saber, actividades de preparación, seguimiento, control, auditoría y evaluación, incluidos el diseño, instalación, funcionamiento y mantenimiento de los sistemas informáticos institucionales.
4. Al menos un 4 % y hasta un máximo del 8 % de la dotación financiera a que se refiere el apartado 1 se asignará a convocatorias de propuestas o adjudicaciones de financiación destinadas a apoyar tecnologías disruptivas para la defensa.
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