Art. 16
Divulgación de información sobre el riesgo operativo
En vigor desde 15 mar 2021
Artículo 16
Divulgación de información sobre el riesgo operativo
Las entidades divulgarán la información a que se refieren el artículo 435, el artículo 438, letra d), y los artículos 446 y 454 del Reglamento (UE) n.o 575/2013 utilizando el cuadro EU ORA y la plantilla EU OR1 del anexo XXXI del presente Reglamento y siguiendo las instrucciones que figuran en el anexo XXXII del presente Reglamento.
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