Art. 2

En vigor desde 28 ene 2021
Artículo 2 El anexo I del Reglamento (UE) 2015/640 se corrige de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2021:97:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil