Art. 12
Auditorías
En vigor desde 25 ene 2021
Artículo 12
Auditorías
Las auditorías sobre la utilización de la contribución de la Unión y la contribución nacional llevadas a cabo por personas o entidades, incluidas las personas o entidades que no hubieran sido mandatadas por las instituciones u órganos de la Unión, constituirán la base de la fiabilidad global en el sentido del artículo 127 del Reglamento Financiero.
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