Art. 20

Publicación de la tasa de impago

En vigor desde 7 oct 2020
Artículo 20 Publicación de la tasa de impago 1.   Los proveedores de servicios de financiación participativa que presten servicios de financiación participativa consistentes en la facilitación de la concesión de préstamos: a) harán públicas anualmente las tasas de impago de los proyectos de financiación participativa ofrecidos en sus plataformas de financiación participativa durante los 36 meses anteriores, como mínimo, y b) publicarán una declaración de resultados en un plazo de cuatro meses a partir del final de cada ejercicio contable, en la que se indicarán, según proceda: i) la tasa de impago prevista y la efectiva de todos los préstamos que el proveedor de servicios de financiación participativa haya facilitado por categoría de riesgo, en relación con las categorías de riesgo establecidas en el marco de gestión de riesgos, ii) un resumen de las hipótesis utilizadas para determinar las tasas de impago previstas, y iii) cuando el proveedor de servicios de financiación participativa haya ofrecido una tasa objetivo en relación con la gestión individualizada de carteras de préstamos, el rendimiento real obtenido. 2.   Las tasas de impago mencionadas en el apartado 1 se publicarán en un lugar destacado del sitio web del proveedor de servicios de financiación participativa. 3.   La AEVM elaborará, en estrecha cooperación con la ABE, proyectos de normas técnicas de regulación con el fin de especificar la metodología de cálculo de las tasas de impago a que hace referencia el apartado 1 de los proyectos ofrecidos en la plataforma de financiación participativa. La AEVM remitirá a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 10 de noviembre de 2021. Se delegan en la Comisión los poderes para completar el presente Reglamento adoptando las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero del presente apartado, de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2020:1503:oj#art-20

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil