Art. 1

En vigor desde 22 jul 2020
Artículo 1 1.   Se impone un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de vidrio solar, consistente en vidrio plano sódico-cálcico templado, con un contenido de hierro inferior a 300 ppm, una transmisión solar superior al 88 % (medida de acuerdo con AM1,5 300-2 500 nm), una resistencia al calor de hasta 250 °C (medida de acuerdo con la norma EN 12150), una resistencia a los choques térmicos de Δ 150 K (medida de acuerdo con la norma EN 12150) y una resistencia mecánica igual o superior a 90 N/mm2 (medida de acuerdo con la norma EN 1288-3), actualmente clasificado en el código NC ex 7007 19 80 (códigos TARIC 7007198012, 7007198018, 7007198080 y 7007198085) y originario de la República Popular China. 2.   Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas que se enumeran a continuación serán los siguientes: Empresa Derecho antidumping Código TARIC adicional Zhejiang Jiafu Glass Co., Ltd; Flat Solar Glass Group Co., Ltd; Shanghai Flat Glass Co., Ltd 71,4 % B945 Xinyi PV Products (Anhui) Holdings, Ltd 75,4 % B943 Zhejiang Hehe Photovoltaic Glass Technology Co., Ltd 35,3 % B944 Henan Yuhua New Material Co., Ltd 17,5 % B946 Henan Ancai Hi-Tech Co., Ltd 55,9 % B947 Henan Succeed Photovoltaic Materials Corporation 55,9 % B948 Avic Sanxin Sol-Glass Co., Ltd; Avic (Hainan) Special Glass Material Co., Ltd 60,6 % B949 Wuxi Haida Safety Glass Co., Ltd 60,6 % B950 Dongguan CSG Solar Glass Co., Ltd 60,6 % B951 Pilkington Solar Taicang, Ltd 60,6 % B952 Zibo Jinxing Glass Co., Ltd 55,9 % B953 Novatech Glass Co., Ltd 60,6 % B954 Todas las demás empresas 67,1 % B999 3.   La aplicación de los tipos del derecho antidumping individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida, que se ajustará a los requisitos establecidos en el anexo I. En caso de que no se presentara dicha factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a «todas las demás empresas». 4.   Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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