Art. 1
En vigor desde 22 jul 2020
Artículo 1
1. Se impone un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de vidrio solar, consistente en vidrio plano sódico-cálcico templado, con un contenido de hierro inferior a 300 ppm, una transmisión solar superior al 88 % (medida de acuerdo con AM1,5 300-2 500 nm), una resistencia al calor de hasta 250 °C (medida de acuerdo con la norma EN 12150), una resistencia a los choques térmicos de Δ 150 K (medida de acuerdo con la norma EN 12150) y una resistencia mecánica igual o superior a 90 N/mm2 (medida de acuerdo con la norma EN 1288-3), actualmente clasificado en el código NC ex 7007 19 80 (códigos TARIC 7007198012, 7007198018, 7007198080 y 7007198085) y originario de la República Popular China.
2. Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas que se enumeran a continuación serán los siguientes:
Empresa
Derecho antidumping
Código TARIC adicional
Zhejiang Jiafu Glass Co., Ltd; Flat Solar Glass Group Co., Ltd; Shanghai Flat Glass Co., Ltd
71,4 %
B945
Xinyi PV Products (Anhui) Holdings, Ltd
75,4 %
B943
Zhejiang Hehe Photovoltaic Glass Technology Co., Ltd
35,3 %
B944
Henan Yuhua New Material Co., Ltd
17,5 %
B946
Henan Ancai Hi-Tech Co., Ltd
55,9 %
B947
Henan Succeed Photovoltaic Materials Corporation
55,9 %
B948
Avic Sanxin Sol-Glass Co., Ltd; Avic (Hainan) Special Glass Material Co., Ltd
60,6 %
B949
Wuxi Haida Safety Glass Co., Ltd
60,6 %
B950
Dongguan CSG Solar Glass Co., Ltd
60,6 %
B951
Pilkington Solar Taicang, Ltd
60,6 %
B952
Zibo Jinxing Glass Co., Ltd
55,9 %
B953
Novatech Glass Co., Ltd
60,6 %
B954
Todas las demás empresas
67,1 %
B999
3. La aplicación de los tipos del derecho antidumping individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida, que se ajustará a los requisitos establecidos en el anexo I. En caso de que no se presentara dicha factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a «todas las demás empresas».
4. Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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