Art. 2
Actualización de la explicación facilitada
En vigor desde 17 jul 2020
Artículo 2
Actualización de la explicación facilitada
Los administradores de índices de referencia deberán actualizar su explicación siempre que modifiquen la metodología del índice de referencia y, en todo caso, con periodicidad anual. También deberán indicar los motivos de la actualización.
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