Art. 2 · Actualización de la explicación facilitada

Art. 2

Actualización de la explicación facilitada

En vigor desde 17 jul 2020
Artículo 2 Actualización de la explicación facilitada Los administradores de índices de referencia deberán actualizar su explicación siempre que modifiquen la metodología del índice de referencia y, en todo caso, con periodicidad anual. También deberán indicar los motivos de la actualización.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2020:1817:oj#art-2