Art. 1

Definiciones

En vigor desde 17 jul 2020
Artículo 1 Definiciones A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: a) «acciones»: acciones cotizadas; b) «renta fija»: títulos de deuda cotizados no emitidos por un emisor soberano; c) «deuda soberana»: títulos de deuda emitidos por un emisor soberano.
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