Art. 1
Definiciones
En vigor desde 17 jul 2020
Artículo 1
Definiciones
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
a)
«acciones»: acciones cotizadas;
b)
«renta fija»: títulos de deuda cotizados no emitidos por un emisor soberano;
c)
«deuda soberana»: títulos de deuda emitidos por un emisor soberano.
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