Art. 17

En vigor desde 16 abr 2020
Artículo 17 No obstante lo dispuesto en el artículo 10, apartado 2, párrafo primero, del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39, con respecto al curso escolar 2018/2019, los Estados miembros podrán continuar realizando controles sobre el terreno hasta el 15 de octubre de 2020.
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