Art. 1

En vigor desde 15 abr 2020
Artículo 1 1.   Se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de tubos de hierro de fundición maleable (también conocida como fundición de grafito esferoidal), salvo los tubos de hierro de fundición maleable sin revestimiento interno y externo («tubos desnudos»), clasificados actualmente en los códigos NC ex 7303 00 10 y ex 7303 00 90 (códigos TARIC 7303001010 y 7303009010), originarios de la India y fabricados por Jindal Saw Limited, desde el 19 de marzo de 2016. 2.   El tipo del derecho compensatorio definitivo aplicable al precio neto franco en frontera de la Unión no despachado de aduana del producto descrito en el apartado 1, y fabricado por Jindal Saw Limited, será del 6,0 % (código TARIC adicional C054).
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