Art. 27

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 27 Entrada en vigor y aplicación 1.   El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. 2.   El presente Reglamento se aplicará a los períodos contingentarios que comiencen del 1 de enero de 2021 en adelante.
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